
El Boletín Oficial de Castilla y León publicó ayer, 27 de julio de 2015, el listado de inquilinos que han conseguido sus ayudas para pagar el alquiler de sus viviendas en 2014. Es decir, el gobierno autónoma ha tardado 7 meses en saber a quiénes va a ayudar a pagar su alquiler y, con toda probabilidad, los inquilinos todavía tendrán que esperar otros dos meses adicionales para ver el dinero en sus cuentas bancarias … En total, los inquilinos habrán tenido que esperar casi un año para recibir sus subvenciones. La orden pone las fechas muy claras: “ORDEN FYM/610/2015, de 20 de julio, por la que se da publicidad a los beneficiarios de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden FYM/953/2014, de 13 de noviembre, destinadas al alquiler de vivienda para el año 2014.” Y aquí la puedes ver.
Por lo que dice la web de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León, los inquilinos pidieron la ayuda dentro del programa 2014 pero finalmente el dinero llegará para subvencionar el alquiler que paguen desde agosto de 2015 a julio de 2016. Fue el año pasado, del 20 de noviembre al 20 de diciembre, cuando los inquilinos de Castilla y León presentaron sus solicitudes para acceder a las ayudas al alquiler y han tenido que pasar 7 meses (casi un año) para anunciar quiénes son los que finalmente recibirán la ayuda.
Aunque no se sabe cuándo tendrán efectivamente el dinero en sus cuentas bancarias porque la misma orden que anuncia el nombre de los agraciados con las ayudas también especifica que será durante los diez primeros días hábiles de septiembre cuando tendrán que justificar el pago del primer mes (agosto) para recibir la primera ayuda … ¿Será entonces a partir de octubre cuando los inquilinos reciban finalmente su ayuda al alquiler? En total, casi un año de espera para recibir la subvención.
Cómo son las ayudas al alquiler
• Las ayudas son de hasta el 30% de la renta del alquiler con un límite de 1.710 euros anuales por vivienda.
• El precio máximo mensual del alquiler de la vivienda para la que se solicite una ayuda varía según la provincia, y en ningún caso se pueden superar los 475 euros al mes. Estas son las cifras:
- Burgos, Valladolid, Segovia o Salamanca, máximo 475 euros/mes;
- Ávila, León, Palencia, Miranda de Ebro y San Andrés del Rabanedo, máximo 420 euros/mes;
- Soria, Zamora, Aranda de Duero, Laguna de Duero, Ponferrada y otros 75 municipios intermedios, máximo 400 euros/mes;
- En el resto de municipios de Castilla y León, máximo 350 euros/mes.
• Las ayudas se conceden durante 12 meses prorrogables a toda la vigencia del Plan.
Quiénes han conseguido la ayuda al alquiler
Puedes ver el listado completo de inquilinos que han recibido la ayuda aquí. Y si lo quieres ver por provincias, puedes pulsar aquí.
Qué deben hacer los que han conseguido la ayuda al alquiler
Los inquilinos que han conseguido la ayuda al alquiler deberán presentar justificación documental mensual del pago de la renta durante todo el periodo subvencionable (desde AGOSTO DE 2015 a JULIO DE 2016) y cumpliendo siempre estos requisitos:
1.- Presentar todos los meses la documentación justificativa de la última mensualidad de alquiler vencida, acompañada de este Anexo IV.
2.- El plazo para presentar los justificantes de pago será dentro de los diez primeros días de cada mes natural.
La primera mensualidad que se debe justificar es la del mes de agosto de 2015 durante los diez primeros días hábiles del mes de septiembre. Transcurrido dicho plazo sin presentar la justificación documental del pago de la renta perderá su derecho a percibir la ayuda de la mensualidad no justificada.
3.- Sólo se admitirán como documentos acreditativos del pago: transferencia bancaria, domiciliación bancaria o ingreso en efectivo en la cuenta del arrendador. No se admitirán los recibos manuales.
4.- En el documento acreditativo del pago deberá constar expresamente la identificación completa de la persona que lo realiza (beneficiario) y del que lo recibe (el arrendador), el importe y el concepto por el que se realiza, con indicación del mes al que corresponde.
No se considerarán válidos los justificantes que contengan enmiendas o tachaduras. La cuantía mensual de la ayuda se calculará sobre la renta efectivamente abonada al arrendador sin que pueda exceder en ningún caso del importe de subvención máxima concedida.
5.- Si durante el período subvencionable cambiase su domicilio a otro ubicado dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León, sobre el que suscriba un nuevo contrato de arrendamiento de vivienda, quedará obligado a comunicar dicho cambio al Servicio de Ordenación de la Vivienda de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, C/ Rigoberto Cortejoso 14,47014 Valladolid, en el plazo máximo de cinco días desde la firma del nuevo contrato.
The post Castilla y León tarda 7 meses en anunciar a los ganadores de las ayudas al alquiler appeared first on El Blog de EnAlquiler.com.