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Los riesgos de alquilar tu piso a una empresa

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Pedro Hernández del Olmo, abogado

Pedro Hernández del Olmo, abogado

¿Vas a alquilar tu piso a una empresa o no te importaría hacerlo? Conviene que conozcas los riesgos:

Quien tiene anunciada su casa en arrendamiento, puede recibir una oferta que es muy atractiva y aparentemente no tiene ninguna pega, una empresa que la alquila como vivienda para su director o gerente.

Los aspectos positivos son indudables, seriedad del arrendatario, solvencia y por tanto seguridad en el cobro, presunción de que la casa va a estar bien cuidada etc.

Sin embargo conviene poner de manifiesto el lado negativo de la cuestión, que no es baladí, y puede dar lugar a sorpresas desagradables, si no se toma en consideración.

Puesto que el arrendatario de esa casa no va a ser una persona física, sino una empresa, no se puede hablar de arrendamiento de vivienda y por lo tanto ese alquiler estará sujeto a IVA, ello conlleva la necesidad de que el dueño se dé de alta en IAE, como arrendador, repercuta en las facturas de alquiler el IVA correspondiente y proceda trimestralmente a su ingreso en Hacienda y anualmente a formular la declaración recopilatoria (Modelo 390).

Además esto le impedirá beneficiarse de las reducciones fiscales(100% o 60%) correspondientes al alquiler cuando es vivienda habitual del inquilino, ello supone un notable incremento de la presión fiscal en IRPF para el casero.

Por otra parte la empresa arrendataria retendrá un 21% en concepto de IRPF, esto supone un anticipo del pago de ese impuesto, ya que el contribuyente que sufre la retención lo compensará al efectuar su declaración anual de IRPF.

Si a pesar de todo la oferta interesa al casero puede proponer como alternativa a la empresa que ese alquiler sea retribución en especie del trabajador en las condiciones exigidas por la Dirección General de Tributos, para que el arrendador pueda beneficiarse del tratamiento fiscal del alquiler de vivienda, esos requisitos y condiciones pueden verse en este enlace.

Pedro Hernández, abogado
Blog: http://www.pedrohernandezabogado.com/
Consultas legales: 807 520 008 (1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil)

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