
Caso nº1: Mis suegros no pueden dormir por culpa del ruido del pub
“Mis suegros han vivido en el mismo piso de alquiler toda la vida. 45 años ni más ni menos. Un buen día, tras las obras que ya de por sí no auguraban nada bueno, abrieron el pub. Lo peor de todo es que el material de construcción es prácticamente por entero madera. Y que funciona desde la tarde-noche, hasta las 10 y a veces las 12 de la mañana del día. Así que no solo es pub-discoteca, sino que parece ser también un after hours. Mis suegros han bajado a quejarse. Los camareros se ríen de ellos y parece que dentro de la policía tienen a alguien que les favorece.”
Caso nº2: Mis inquilinos quieren denunciarme por el ruido del pub debajo del piso
“Tengo un piso alquilado a unos inquilinos desde hace un tiempo. Debajo de la vivienda siempre ha habido un pub, por lo que los inquilinos sabían de su existencia cuando entraron a vivir. Por lo visto el local produce mucho ruido por las noches, y ahora dicen que quieren dejar la vivienda y pedirme una indemnización por no haberles avisado. Consideran que el ruido es un vicio oculto de la vivienda, pero yo creo que el causante del problema no soy yo, sino el local en sí. ¿Pueden denunciarme?”
Caso nº3: Quiero rescindir el contrato de alquiler por culpa del pub que acaban de abrir debajo de mi casa
“Me fui de mi pueblo huyendo del ruido en la calle en los meses de verano. Llegué a otro pueblo donde no había pubs, para comenzar una vida tranquila y silenciosa. Y al cabo de 1 mes en mi nueva casa de alquiler, abrieron un pub justo debajo. Abren todos los fines de semana, desde las 23h a las 7 de la mañana. Quiero cancelar el contrato desesperadamente.”
Soluciones aportadas por nuestros expertos, a los casos de ruido por locales de ocio:
- Llamar a la policía para que hagan una medición de decibelios
- Poner una reclamación en la oficina de urbanismo del ayuntamiento
- Denunciar al dueño del local causante del ruido y hacer valer el cumplimiento de las ordenanzas municipales que regulan los horarios de apertura
- Negociar con el propietario la salida del piso, pactando unas condiciones beneficiosas o lo menos perjudiciales posibles para ambas partes
Es importante destacar que el propietario de un local no es responsable de lo que suceda fuera de la vivienda que arrienda. La LAU contempla como motivos de rescisión de contrato la no realización de reparaciones que garanticen la habitabilidad de la vivienda o las molestias de hecho o de derecho que pueda producir el arrendador al arrendatario en la utilización de la vivienda.
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