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Los pensionistas no contributivos salvan su ayuda al alquiler

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El último Consejo de Ministros ha salvado la ayuda al alquiler para pensionistas no contributivos en forma de Real Decreto. En ese texto se establecen normas para el reconocimiento de este complemento de pensión para el alquiler de sus viviendas. Se mantiene la cuantía de los dos años anteriores: 525 euros anuales.

Esto es lo que dice la Referencia del Consejo de Ministros:

Complemento a los Pensionistas No Contributivos para Pagar el Alquiler de su Vivienda de Residencia

“La medida figura en los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio y mantiene la cuantía de los dos años anteriores, de 525 euros anuales.

Las mujeres serán las principales beneficiarias de este complemento, ya que representan casi el 82% de los pensionistas no contributivos de jubilación.

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión a los pensionistas no contributivos de un complemento para el alquiler de la vivienda de residencia, con lo que se da cumplimiento al Real Decreto Ley del pasado 30 de diciembre para la corrección del déficit público y el precepto correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio. La cuantía de este complemento es de 525 euros anuales, exactamente la misma que los dos años anteriores.

El Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros regula el reconocimiento y abono del complemento, los procedimientos de solicitud y el contenido y requisitos que hay que cumplimentar.

Requisitos

Entre los mencionados requisitos para acogerse al complemento figuran los siguientes:

Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

Acreditar fehacientemente que carece de vivienda en propiedad y que tiene, como residencia habitual, una vivienda alquilada.

Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.

No tener relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.

Tener fijada la residencia habitual en la vivienda alquilada.

Las solicitudes, con los correspondientes requisitos cumplimentados, deberán estar formalizadas antes del próximo 31 de diciembre. El plazo de resolución y de notificación es de tres meses a partir de entonces.

Una medida como ésta conlleva un destacado impacto de género, toda vez que, según datos oficiales, las mujeres representan el 81,66% de los pensionistas no contributivos de jubilación. En cifras generales, el complemento benefició en 2010 a 14.210 personas y en 2011, a 17.616.

Más información:
Referencia del Consejo de Ministros:
Real Decreto por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.


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